Importante Reforma en la Justicia Laboral de Mendoza: Ley N° 9615 Crea Nuevas Salas Unipersonales
Desde el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández, consideramos fundamental mantenerse actualizados sobre las novedades legislativas que impactan en el ámbito judicial de nuestra provincia. En esta ocasión, informamos sobre la reciente sanción de la Ley N° 9615 , promulgada el pasado 1 de abril de 2025, la cual introduce cambios significativos en la estructura del fuero laboral de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza.
Esta nueva normativa tiene como objetivo principal mejorar la organización y eficiencia de la justicia laboral , respondiendo a necesidades previamente identificadas y formalizadas en la Acordada N° 29.411 de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) del año 2019.

Puntos Clave de la Ley N° 9615:
1.- Creación de Salas Unipersonales: Se crean dos (2) nuevas Salas Unipersonales que funcionarán dentro de las Cámaras del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial. Estos cargos se financiarán con el presupuesto ya asignado por la mencionada Acordada N° 29.411.
2.- Nombramiento de Jueces: La ley autoriza al Consejo de la Magistratura a iniciar el procedimiento constitucional (Art. 150 de la Constitución de Mendoza) para la selección y nombramiento de los titulares que ocuparán estas nuevas salas.
3.- Transición y Rol de la Suprema Corte: Se otorgan facultades a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (SCJM) para:
- Establecer los plazos y la forma en que los conjueces laborales actuales cesarán en sus funciones.
- Organizar la integración de los nuevos jueces designados en la estructura existente.
4.- Reorganización del Personal: La SCJM también podrá reasignar equitativamente al personal que actualmente asiste a los conjueces, distribuyéndolo en otras Cámaras Laborales de la misma circunscripción. El objetivo es asegurar que la carga de trabajo se mantenga equilibrada entre todos los magistrados del fuero laboral.
¿Qué implica esta reforma?
La creación de estas Salas Unipersonales busca fortalecer la capacidad de respuesta del fuero laboral, potencialmente agilizando la tramitación de las causas y optimizando los recursos disponibles. Si bien la implementación será gradual y gestionada por la Suprema Corte, esta ley marca un paso importante hacia la modernización y el refuerzo de la justicia laboral en Mendoza.
En el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández seguiremos de cerca el desarrollo e implementación de esta ley y sus efectos prácticos en los procedimientos laborales.
Texto ley 9615
Tema: (*) - SANCION 9615
Origen: MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Ley Nro: 9615
Fecha: 01-04-2025
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1°- Créanse dos Salas Unipersonales en el ámbito de las Cámaras del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, cargos a cubrirse con el crédito presupuestario previsto en la Acordada Nº 29.411.
Art. 2°- Autorízase al Consejo de la Magistratura a iniciar el procedimiento previsto en el artículo 150 de la Constitución de la Provincia de Mendoza a efectos de nombrar a los jueces que integrarán las Salas Unipersonales creadas en el artículo precedente.
Art. 3°- Facúltase a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a fijar los plazos y modos de cesación de los conjueces en su tarea actual y de la consecuente y posterior integración con los jueces de las Cámaras del Trabajo de la Primera Circunscripción Judicial.
Art. 4°- Facúltase a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a asignar equitativamente los recursos humanos que actualmente prestan asistencia a los conjueces laborales a otras Cámaras Laborales de la Primera Circunscripción, debiendo respetar siempre el principio de sostener la misma carga de trabajo para todos los jueces del fuero.
Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA, en Mendoza, a un día del mes de abril del año dos mil veinticinco.
DRA. HEBE CASADO
LIC. ANDRÉS LOMBARDI
LIC. LUCAS ADRIÁN FAURE
DRA. MARÍA CAROLINA LETTRY