Información oficial sobre el Censo digital. Para saber todo sobre el Censo 2022, es importante consultar la información oficial, que está disponible en nuestro sitio web y redes sociales.
 

Argentina: Censo 2022. Sitio Web y Redes Sociales. Toda la información. Censo Digital.

 

Las claves que debes tener en cuenta para responderlo son:

Sobre el Censo digital

Es una herramienta que permite completar de manera segura el cuestionario censal desde el sitio web oficial censo.gob.ar. A partir del miércoles 16 de marzo vas a poder ingresar desde cualquier dispositivo electrónico con acceso a internet.

Podrás autocensarte desde tu computadora, celular o tableta y, al terminar, vas a recibir en tu correo electrónico un comprobante con un código alfanumérico de 6 dígitos que tendrás que mostrarle a la persona censista el Día del Censo, es decir, miércoles 18 de mayo.

La información que brindes está resguardada bajo un estricto protocolo de seguridad informática y técnicas de anonimización, encriptación y gobernanza de datos (Ley 17.622).

Toda la información sobre el Censo digital está disponible en: https://censo.gob.ar/index.php/censo-digital/

El acceso al Censo digital va a estar disponible a partir del 16 de marzo desde esta misma web: censo.gob.ar, haciendo clic en el botón Censo digital que se encuentra en el menú superior.

Sobre los canales oficiales

La información sobre el Censo 2022 se comunica a través de nuestros canales oficiales:

Sitio web: censo.gob.ar








Consultas


Si tenés dudas sobre el Censo, podés escribirnos a censo@indec.gob.ar



Marco legal

El INDEC, como organismo rector que unifica la orientación y ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales de acuerdo a la Ley 17.622, es el responsable de la planificación y ejecución de los censos. A su vez, el artículo 7° del Decreto 3110/70 que reglamenta dicha ley prevé la realización de los Censos de acuerdo a las recomendaciones internacionales, es decir, en períodos decenales y en los años terminados en cero.

Estas actividades se aseguran con el dictado de un decreto censal por parte del Presidente de la República y el establecimiento de una fecha con calidad de feriado nacional, así como los alcances y la modalidad del relevamiento. A su vez, desde el punto de vista técnico y debido a la magnitud del operativo censal, se requiere –para garantizar su éxito– la realización de pruebas previas orientadas a evaluar alternativas relacionadas con los avances internacionales en materia de metodología, organización y tecnología.


Obligatoriedad y secreto estadístico


Para garantizar la confidencialidad de la información suministrada, el artículo 18° del Decreto 726/2020 establece que la información que se obtenga solo será utilizada con fines estadísticos y que está resguardada por el secreto estadístico, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 17.622.

Por otra parte, el artículo 17° del Decreto 726/2020 indica que todos los habitantes de la Nación quedan obligados a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo.