Accidente laboral en cabeza o rostro: Derechos, secuelas y cobertura de la ART

Resumen: Si sufriste un accidente de trabajo con lesiones en la cabeza o el rostro, la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557) garantiza tu derecho a recibir asistencia médica integral, cirugías reconstructivas, rehabilitación y una indemnización económica por las secuelas físicas, estéticas o psicológicas a cargo de la ART.


En Mendoza, ya sea en la construcción, la agroindustria, la logística o los servicios, existen riesgos de sufrir golpes fuertes en la cabeza, cortes profundos o daños en los ojos. Estas lesiones no solo generan dolor físico, sino que en muchos casos dejan secuelas estéticas, psicológicas y neurológicas que impactan la vida cotidiana. Hacer valer esos derechos requiere información clara y el respaldo adecuado.

Infografía sobre los tipos de lesiones en cabeza y rostro ocasionadas por accidentes de trabajo, incluyendo golpes, cortes y daños oculares que requieren cobertura de la ART.

¿Cuáles son tus derechos si te accidentaste la cabeza o el rostro?

La ley argentina establece las obligaciones de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). Si sufrís un accidente, tenés derecho a:

  • Asistencia médica y farmacéutica integral: desde la atención de urgencia hasta medicamentos, prótesis y traslados necesarios.
  • Cirugías reconstructivas: si el accidente provocó cortes severos o lesiones visibles en el rostro, la ART debe cubrir los tratamientos reconstructivos y estéticos necesarios.
  • Rehabilitación física y psicológica: las lesiones en la cabeza o el rostro suelen requerir acompañamiento en salud mental, que debe ser provisto por la aseguradora.
  • Indemnización por secuelas: si quedan secuelas permanentes (cicatrices visibles, pérdida de visión, mareos crónicos, pérdida de audición), tenés derecho a una indemnización. El monto se calcula según tu salario, tu edad y el porcentaje de incapacidad que determine la Comisión Médica.

Nuestra experiencia: casos reales, soluciones concretas

A lo largo de nuestra trayectoria, hemos representado a decenas de trabajadores mendocinos en situaciones críticas. Los siguientes son ejemplos basados en situaciones reales, con datos modificados para proteger la identidad de las personas:

  • Golpe fuerte en la cabeza en la construcción: un operario sufrió la caída de material sobre su casco. La ART intentó darle el alta a los 15 días, diciendo que “ya no había riesgo”. Intervenimos rápidamente ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), logramos que se revirtiera el alta, se continuara el tratamiento neurológico y el trabajador obtuviera la indemnización por los dolores de cabeza crónicos resultantes.
  • Herida facial en gastronomía: una trabajadora sufrió cortes profundos en el rostro tras la explosión de una botella de vidrio. La ART cubrió las suturas básicas pero se negó a realizar el tratamiento estético posterior. Iniciamos el reclamo legal y logramos que la aseguradora cubriera la cirugía reconstructiva y abonara la indemnización por las secuelas estéticas y psicológicas.

Preguntas frecuentes: despejá tus dudas

1. Me golpeé la cabeza en el trabajo y me siento bien, pero no me derivaron a la ART. ¿Qué debo hacer?

Debés exigir a tu empleador que realice la denuncia inmediata a la ART. Los golpes en la cabeza pueden ser engañosos: algunas lesiones internas se manifiestan horas o días después (mareos, visión borrosa, náuseas). Nunca subestimes un golpe en el cráneo.

Si tu empleador no hace la denuncia:

  • Guardá pruebas del accidente (testigos, fotos, mensajes).
  • Acudí a una guardia y pedí que consignen “accidente laboral” en la historia clínica.
  • Consultá con un abogado especializado para que gestione la denuncia y el seguimiento ante la ART y la SRT.

2. ¿La ART me tiene que pagar por una cicatriz en la cara?

Sí. El rostro tiene un valor estético y funcional reconocido en la evaluación de la incapacidad. Una cicatriz visible en el rostro, cuello o cabeza se valora como parte de la incapacidad y puede generar un porcentaje que la ART debe indemnizar.

3. Me dieron el alta médica, pero sigo con dolores de cabeza o mareos. ¿Tengo que volver a trabajar igual?

No tenés por qué resignarte. Si la ART te da el alta y no te sentís en condiciones, se puede iniciar un reclamo por disconformidad con el alta ante las Comisiones Médicas de la SRT. Es fundamental buscar asesoramiento legal de inmediato para frenar un alta prematura y lograr que la ART continúe con los estudios y el tratamiento.

4. Si reclamo una indemnización a la ART por las secuelas en mi rostro, ¿puedo perder mi trabajo?

No. Es uno de los miedos más comunes, pero el reclamo por incapacidad o por falta de tratamiento se hace contra la compañía de seguros (ART), no contra tu empleador. Reclamar lo que te corresponde por ley no es motivo de despido.

El compromiso de nuestro equipo

En el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández nos dedicamos exclusivamente a defender a personas físicas. No representamos a empresas ni a compañías de seguros. Nuestro enfoque se centra en la empatía, el profesionalismo, la ética y la confidencialidad absoluta.

Sabemos que enfrentar a una ART puede ser un proceso desgastante cuando estás lidiando con problemas de salud. Nuestro compromiso es ser completamente objetivos: no prometemos resultados mágicos, pero garantizamos un trabajo técnico, médico y legal exhaustivo para que recibas el tratamiento y la indemnización que la ley exige.

No dejes que la ART decida sobre tu salud y tu futuro. El asesoramiento legal temprano marca la diferencia entre un caso abandonado y un derecho conquistado.

Defendemos tus derechos. Primera consulta gratuita.

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Dr. Fabricio Fernández

Sobre el Autor: Dr. Fabricio Fernández

Abogado litigante con sede en Mendoza. Especialista dedicado a la defensa integral de trabajadores en reclamos ante la SRT (ART) y al acompañamiento legal en accidentes de tránsito con consecuencias graves o fatales.

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