En un contexto cada vez más complejo, la seguridad pública y la integridad de la ciudadanía exigen respuestas estatales claras, coordinadas y eficaces. Desde el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández, reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos de los trabajadores y de la comunidad mendocina.
Entendemos que una población informada y preparada constituye un pilar fundamental para acompañar políticas públicas orientadas a la prevención y a la protección de la vida.
Recientemente, el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Mendoza dictó dos resoluciones de relevancia: la Resolución N° 170 Mendoza y la Resolución N° 255 Mendoza, mediante las cuales se actualizan los protocolos de seguridad en Mendoza frente a incidentes de seguridad escolar y otras situaciones de riesgo. A continuación, analizamos sus principales puntos.
1. Intervención especializada: el Protocolo P.I.A.C. – F.O.E. (Resolución 170 Mendoza)
La Resolución N° 170 aprueba el Procedimiento Integral de Actuación en Crisis con Intervención de las F.O.E. (P.I.A.C. – F.O.E.), destinado a regular la intervención policial ante situaciones de alta complejidad.
Este protocolo busca garantizar la eficiencia operativa, la coordinación entre los actores intervinientes y la seguridad jurídica del personal policial frente a escenarios extremos, priorizando siempre la protección de la vida humana y el respeto de los derechos fundamentales.
Entre sus ejes principales, el procedimiento contempla las fases de identificación, aislamiento, contención, negociación, resolución y post-crisis. También regula la actuación ante supuestos como el de tirador activo, entre otros escenarios críticos, con intervención especializada de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
Asimismo, la resolución destaca la participación del Jefe de las F.O.E. y el aporte de la experiencia técnica adquirida a través de capacitación en Israel durante 2025, en el marco de convenios de cooperación internacional.
2. Comunidad educativa: guía de intervención (Resolución 255 Mendoza)
La Resolución N° 255 aprueba la Guía de Intervención ante Incidentes de Seguridad, orientada a la prevención y respuesta inmediata en instituciones educativas y otros ámbitos vinculados.
La guía prevé lineamientos para actuar ante amenazas con explosivos, agresores armados, situaciones de tirador activo, conflictos sociales externos y crisis suicidas en curso. En este último supuesto, incorpora pautas específicas de contención emocional, comunicación rápida y estabilización, con el objetivo de preservar la vida.
Además, la norma impulsa la capacitación y simulacros en escuelas, con participación de personal docente, no docente y estudiantes, en coordinación con la Dirección General de Escuelas y demás organismos competentes.
3. Alcance institucional
Ambas resoluciones reflejan una línea de trabajo orientada a modernizar los protocolos de actuación ante emergencias y crisis de alta complejidad. Su finalidad es mejorar la capacidad de respuesta estatal, fortalecer la coordinación interinstitucional y reducir riesgos en contextos sensibles.
En particular, la Resolución 255 también prevé su difusión a la Dirección General de Escuelas y a la Dirección de Defensa Civil, con el objetivo de servir como material de referencia operativo y preventivo.
4. Nuestro compromiso
Desde el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández respaldamos toda medida que contribuya a fortalecer la prevención, la profesionalización institucional y la protección de la comunidad. Consideramos que la información clara y el acceso a protocolos oficiales son herramientas esenciales para construir entornos más seguros.
La seguridad es un derecho, y estar informados es la primera defensa.
Preguntas frecuentes
¿Qué establece la Resolución 170 Mendoza?
Aprueba el Procedimiento Integral de Actuación en Crisis con Intervención de las F.O.E. (P.I.A.C. – F.O.E.), destinado a regular la respuesta policial ante situaciones de alta complejidad y crisis críticas en Mendoza.
¿Qué regula la Resolución 255 Mendoza?
Aprueba una guía de intervención ante incidentes de seguridad, orientada a la prevención y respuesta inmediata frente a hechos de riesgo en instituciones educativas y otros ámbitos sensibles.
¿Estas resoluciones son aplicables a las escuelas?
Sí. La Resolución 255 está especialmente vinculada con el ámbito educativo y prevé coordinación con la Dirección General de Escuelas para capacitaciones, simulacros y protocolos de actuación.
¿Qué tipo de incidentes contempla la nueva guía?
Contempla, entre otros, amenazas con explosivos, agresores armados, tirador activo, conflictos sociales externos y crisis suicidas en curso.
¿Qué significa P.I.A.C. – F.O.E.?
Es la sigla de Procedimiento Integral de Actuación en Crisis con Intervención de las Fuerzas de Operaciones Especiales.
¿Qué objetivo tienen estos protocolos?
El objetivo es mejorar la prevención, la coordinación institucional y la capacidad de respuesta ante emergencias, priorizando la protección de la vida y la seguridad de las personas.
¿Se realizarán capacitaciones y simulacros?
Sí. La Resolución 255 prevé capacitaciones y simulacros en escuelas para personal docente, no docente y alumnos.
¿Por qué estas resoluciones son importantes para la comunidad?
Porque fortalecen la prevención, ordenan la respuesta ante crisis y permiten actuar con mayor coordinación entre seguridad, educación y protección civil.
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Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández
Profesionalismo y cercanía en defensa de tus derechos.
Texto completos de Resolución Nº 255
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Resolución Nº 255
MENDOZA, 21 DE ENERO DE 2026
Visto el Expediente Electrónico N° EX-2025-08330067- -GDEMZA-MESAENTGENERAL#MSEG; y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones se tramita la aprobación de la “Guía de intervención ante incidentes de seguridad”, sugerida por el Comando de Fuerzas de Operaciones Especiales, dependiente de este Ministerio de Seguridad y Justicia;
Que, desde el Ministerio de Seguridad y Justicia se viene trabajando en actualizar las guías normativas referidas a incidentes críticos y sistemas de riesgo, como así también en la modernización de herramientas operativas, tal es el caso de la Resolución N° 2155/25, que reglamentó el uso de Dispositivos Eléctricos de Control;
Que, desde el año 2024, las Fuerzas de Operaciones Especiales vienen realizando capacitaciones interministeriales sobre abordaje en sistemas de crisis incluyendo intervenciones en contextos educativos;
Que, habiéndose evaluado la vigencia del Decreto N° 1187/18, se advierte la necesidad de actualizar sus protocolos operativos. En tal sentido, resulta imperativo redefinir los procedimientos preventivos y proactivos vigentes, a fin de establecer respuestas eficaces que garanticen la mitigación de riesgos, el resguardo de la integridad física de las personas y la optimización de los planes de acción institucionales;
Que, ante la posibilidad de atentados con explosivos, ya sea mediante amenazas anónimas, hallazgos de artefactos o detonaciones sin previo aviso, corresponde fortalecer las acciones preventivas y operativas para mejorar la capacidad de respuesta y facilitar la toma de decisiones por parte de los especialistas;
Que, igualmente, se advierte la necesidad de contar con protocolos claros que orienten al personal docente, no docente y a los estudiantes ante situaciones de alteración social externa, agresiones armadas o tirador activo dentro del ámbito institucional, situaciones que requieren respuestas inmediatas, ordenadas y coordinadas.
Que, resulta pertinente incorporar procedimientos específicos para la intervención ante incidentes por crisis suicida en curso, entendidos como eventos críticos de alta sensibilidad y riesgo, donde la rápida comunicación, la contención emocional y la aplicación de técnicas de estabilización resultan determinantes para preservar la vida;
Que, en consecuencia, se propicia el diseño e implementación de una Guía de Intervención ante Incidentes de Seguridad, orientada a la comunidad educativa, que permita una actuación inmediata, coordinada y adecuada frente a situaciones críticas, garantizando una respuesta integral basada en la prevención, la contención y la eficiencia operativa;
Que, en orden 05 obra visto bueno de la Subdirección General de Policías y en orden 06 obra visto bueno de la Sra. Ministra de Seguridad y Justicia;
Que, cabe destacar que en la elaboración de esta guía intervinieron el Director General de Policía, el Subdirector General de Policía y miembros de las Fuerzas de Operaciones Especiales. En particular, la participación del Jefe de la F.O.E., el Comisario P.P. Lic. Javier Marcelo Ortiz Peñaloza, quien aporta la experiencia técnica adquirida en su capacitación en Israel durante el año 2025.
Que, dicha formación fue posible gracias al convenio celebrado entre el Ministerio de Seguridad y Justicia y la Embajada de Israel. El Comisario Ortiz Peñaloza fue seleccionado mediante un proceso de múltiples etapas, coordinado inicialmente por MASHAV (Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel), en cooperación con el Instituto Internacional de Liderazgo – Histadrut, y refrendado en su fase final por la Embajada de Israel en Argentina;
Que, la presente Guía contempla las principales hipótesis de intervención FOE, abarcando incidentes con explosivos, agresores armados, tirador activo, conflictos sociales externos y crisis suicidas en curso, integrando criterios de prevención, gestión y resolución de crisis, acordes con los estándares actuales en la materia;
Que, asimismo, esta actualización surge ante la necesidad de modernizar los procedimientos de actuación frente a escenarios emergentes de alta complejidad, en los cuales las primeras respuestas institucionales resultan determinantes para la preservación de la vida, la reducción del riesgo colectivo y la optimización de los recursos operativos… En este sentido, se propone que la mencionada guía sea difundida oficialmente a los organismos competentes, en particular a la Dirección General de Escuelas (DGE) y a la Dirección de Defensa Civil (DC), a fin de que sirva de actualización del Decreto Nº 1187/18 de la DGE, que regula las actuaciones institucionales ante situaciones de emergencia en establecimientos educativos; En los Planes de Contingencia de Defensa Civil, como material de referencia operativo y preventivo de acceso público para la ciudadanía. En el entendimiento que la articulación entre las áreas de seguridad, educación y protección civil permitirá fortalecer las capacidades institucionales de respuesta ante emergencias, asegurando una actuación coordinada, eficiente y basada en protocolos unificados;
Que, la Ley de Ministerios N° 9501 establece en su “TÍTULO I -DISPOSICIONES COMUNES A TODOS LOS MINISTERIOS - CAPÍTULO I -DE LOS MINISTROS DEL PODER EJECUTIVO. ART. 2 Son atribuciones y deberes de cada Ministro: a) Refrendar con su firma los actos gubernativos. b) Dirigir y controlar las dependencias que le estén jerárquicamente subordinadas… d) Ejecutar las leyes. Cumplir y hacer cumplir los convenios, decretos, resoluciones y fallos judiciales relativos a su Ministerio. e) Dictar por sí sólo los actos administrativos y normas reglamentarias dentro del régimen administrativo y presupuestario de su Ministerio…”;
Que, la misma norma legal en su Artículo 12 dispone: “Será competencia en general del Ministerio de Seguridad y Justicia, la planificación, coordinación, organización, ejecución y control de la política de seguridad pública de la Provincia, en orden a la protección de la vida, la libertad, los derechos y los bienes de los habitantes de la Provincia, y la vinculación y las relaciones institucionales del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial…”;
Que, el mismo artículo agrega: “…En particular, con carácter enunciativo, le corresponde: 1) Entender en la organización del control de seguridad interna del Sistema de Policía Provincial. 2) Entender en la organización, capacitación, despliegue y esfuerzos de las fuerzas de seguridad de la Provincia. 3) Coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación, inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas, en el marco del sistema de seguridad. 4) Planificar, coordinar, organizar, dirigir y controlar el Sistema Provincial de Seguridad Pública. …”;
Que en orden 09 la Dirección de Asesoría Letrada de este Ministerio luego del análisis juridico, dictamina y concluye: “Que, examinando los antecedentes, la normativa transcripta y las justificaciones técnicas este Servicio Jurídico no tiene objeciones que formular a la APROBACIÓN de la Guía de Intervención ante Incidentes de Seguridad propuesta. Que es competencia de la Sra. Ministra de Seguridad y Justicia la aprobación de protocolos o instructivos de esta naturaleza, por lo que, de compartir la propuesta, deberá emitirse Resolución Ministerial…”;
Por ello, compartiendo lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada en orden 09 y de conformidad a los dispuesto por la Ley de Ministerios N° 9501, la Ley de Policías N° 6722, la Ley de Seguridad Pública N° 6721, y en cumplimiento de los estándares de protección del Decreto N° 1187/18 de la Dirección General de Escuelas, Ley N° 26.061 (Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes), Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y su adhesión provincial.
LA MINISTRA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébese “GUIA DE INTERVENCION ANTE INCIDENTES DE SEGURIDAD”, la que como Anexo I (14 hojas), forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Instrúyase al Comando de Fuerzas de Operaciones Especiales para que, en coordinación con el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, proceda a la planificación y ejecución de programas de capacitación, simulacros y jornadas de sensibilización destinados a personal docente, no docente y alumnos, conforme a las hipótesis de riesgo previstas en la Guía.
Artículo 3° - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
MGTR MARÍA MERCEDES RUS
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
Publicaciones: 1
Fecha de Publicación 27/04/2026
Nro Boletín 32582
Resolución 170: [ Descargar Protocolo P.I.A.C. - F.O.E. ]
Texto completos de Resolución Nº 170
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Resolución Nº 170
MENDOZA, 19 DE ENERO DE 2026
Visto el Expediente Electrónico N° EX-2025-04435503- -GDEMZAMESAENTGENERAL#MSEG; y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones se tramita la aprobación del “Procedimiento Integral de Actuación en Crisis con Intervención de las F.O.E. (P.I.A.C. – F.O.E.)”, sugerida por el Comando de Fuerzas de Operaciones Especiales, dependiente de este Ministerio de Seguridad y Justicia;
Que, desde el Ministerio de Seguridad y Justicia se viene trabajando en actualizar las guías normativas referidas a incidentes críticos y sistemas de riesgo, como así también en la modernización de herramientas operativas, tal es el caso de la Resolución N° 2155/25, que reglamentó el uso de Dispositivos Eléctricos de Control;
Que, desde el año 2024, las Fuerzas de Operaciones Especiales vienen realizando capacitaciones interministeriales sobre abordaje en sistemas de crisis incluyendo intervenciones en contextos educativos;
Que, el Procedimiento constituye una herramienta doctrinaria y operativa destinada a regular la actuación del Personal Policial de la Provincia de Mendoza ante situaciones de crisis de alta complejidad con actuación de las Fuerzas de Operaciones Especiales, como puede ser la situación de tirador activo, entre otros, priorizando la protección de la vida humana, el respeto de los derechos fundamentales y la intervención policial profesional, coordinada y legalmente respaldada;
Que, el PIAC-FOE “…contempla principios rectores, fases de actuación, estructuras de seguridad perimetral, funciones específicas de los actores intervinientes, y lineamientos normativos destinados a garantizar la eficiencia táctica y la seguridad jurídica de la intervención policial…”;
Que, el presente Procedimiento reconoce la naturaleza dinámica e impredecible de las crisis de alta complejidad, así como la necesidad de que el personal interviniente cuente con herramientas doctrinales que permitan adecuar las decisiones operativas a las circunstancias cambiantes, manteniendo el rigor profesional, el respeto a las leyes vigentes y la responsabilidad institucional;
Que, el PIAC-FOE contempla las fases de identificación, aislamiento, contención, negociación, resolución y post-crisis, asignando funciones específicas a los distintos componentes intervinientes, bajo la conducción estratégica del Comité de Crisis y la actuación especializada de las Fuerzas de Operaciones Especiales;
Que, su aplicación deberá regirse por los principios de proporcionalidad, progresividad, oportunidad y necesidad, garantizando en todo momento la protección de los bienes jurídicos comprometidos;
Que, en consecuencia, el presente instrumento se consolida como una herramienta esencial para fortalecer la eficacia, la coherencia y la legitimidad de la actuación policial en situaciones críticas, en beneficio de la seguridad pública de la Provincia de Mendoza;
Que, en orden 05 obra visto bueno de la Subdirección General de Policías y en orden 07 obra visto bueno de la Sra. Ministra de Seguridad y Justicia;
Que, cabe destacar que en la elaboración del presente Procedimiento, intervinieron el Director General de Policía, el Subdirector General de Policía y miembros de las Fuerzas de Operaciones Especiales. En particular, la participación del Jefe de F.O.E., Comisario P.P. Lic. Javier Marcelo Ortiz Peñaloza, quien aporta la experiencia técnica adquirida en su capacitación en Israel durante el año 2025. Que, dicha formación fue posible gracias al convenio celebrado entre el Ministerio de Seguridad y Justicia y la Embajada de Israel. El Comisario Ortiz Peñaloza fue seleccionado mediante un proceso de múltiples etapas, coordinado inicialmente por MASHAV (Agencia de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel), en cooperación con el Instituto Internacional de Liderazgo – Histadrut, y refrendado en su fase final por la Embajada de Israel en Argentina;
Que, la Ley de Ministerios N° 9501 establece en su “TÍTULO I -DISPOSICIONES COMUNES A TODOS LOS MINISTERIOS - CAPÍTULO I -DE LOS MINISTROS DEL PODER EJECUTIVO. ART. 2 Son atribuciones y deberes de cada Ministro: a) Refrendar con su firma los actos gubernativos. b) Dirigir y controlar las dependencias que le estén jerárquicamente subordinadas… d) Ejecutar las leyes. Cumplir y hacer cumplir los convenios, decretos, resoluciones y fallos judiciales relativos a su Ministerio. e) Dictar por sí sólo los actos administrativos y normas reglamentarias dentro del régimen administrativo y presupuestario de su Ministerio….”;
Que, la misma norma legal en su Artículo 12 dispone: “Será competencia en general del Ministerio de Seguridad y Justicia, la planificación, coordinación, organización, ejecución y control de la política de seguridad pública de la Provincia, en orden a la protección de la vida, la libertad, los derechos y los bienes de los habitantes de la Provincia, y la vinculación y las relaciones institucionales del Poder Ejecutivo con el Poder Judicial…”;
Que, el mismo artículo agrega: “…En particular, con carácter enunciativo, le corresponde: 1) Entender en la organización del control de seguridad interna del Sistema de Policía Provincial. 2) Entender en la organización, capacitación, despliegue y esfuerzos de las fuerzas de seguridad de la Provincia. 3) Coordinar la formulación de planes de mediano y largo plazo de capacitación, inversión, equipamiento y bienestar de las fuerzas, en el marco del sistema de seguridad. 4) Planificar, coordinar, organizar, dirigir y controlar el Sistema Provincial de Seguridad Pública. …”;
Que en orden 09 la Dirección de Asesoría Letrada de este Ministerio luego del análisis, dictamina y concluye: “…Que examinando los antecedentes, la normativa transcripta y las justificaciones técnicas este Servicio Jurídico no tiene objeciones que formular a la APROBACION del PROTOCOLO propuesto…Que es competencia de la Sra. Ministra de Seguridad y Justicia la aprobación de protocolos o instructivos de esta naturaleza, por lo que, de compartir la propuesta, deberá emitirse Resolución Ministerial…”;
Por ello, compartiendo lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada en orden 09 y de conformidad a los dispuesto por la Ley de Ministerios N° 9501, la Ley de Policías N° 6722, la Ley de Seguridad Pública N° 6721.
LA MINISTRA DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° - Apruébese el “Procedimiento Integral de Actuación en Crisis con Intervención de las F.O.E. (P.I.A.C. – F.O.E.)”, que como Anexo (46 hojas) forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2° - Establézcase que el procedimiento aprobado en el artículo precedente será de aplicación obligatoria para todo el personal policial de la Provincia de Mendoza.
Artículo 3° - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DRA. MARÍA MERCEDES RUS
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar
Publicaciones: 1
Fecha de Publicación 27/04/2026
Nro Boletín 32582
