En el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández, mantenemos nuestro compromiso de brindar información jurídica de vanguardia. Tras nuestro análisis previo de la Disposición 1255/2023, hoy actualizamos a nuestros clientes sobre la nueva Disposición 55/2026 del RENAPER, que consolida el estándar del Nuevo DNI Electrónico.
Como especialistas en derecho, entendemos que la identidad segura es la base de cualquier trámite legal, desde un accidente de tránsito hasta la gestión de una firma digital.
Marco Normativo Actualizado
La Disposición 55/2026 (publicada en el Boletín Oficial Nº 35.842 el 30/01/2026) sustituye y perfecciona los anexos técnicos anteriores. Esta medida alinea a la Argentina con las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI/ICAO), transformando nuestro documento en una herramienta de alta seguridad tecnológica.
Puntos clave de la nueva normativa:
- Policarbonato de alta resistencia: El documento ya no es de PVC; ahora los datos se graban por láser en capas internas, haciendo imposible su alteración.
- Chip Contactless (NFC): Permite la lectura rápida mediante dispositivos móviles, agilizando controles y trámites.
- Firma Digital Nativa: El chip está preparado para almacenar certificados de firma digital con plena validez legal.
Preguntas Frecuentes sobre el Nuevo DNI
Para ayudar a nuestros clientes a navegar estos cambios, hemos preparado esta guía rápida:
1. ¿Es obligatorio renovar mi DNI actual por el electrónico?
No. Los documentos actuales siguen siendo válidos hasta su fecha de vencimiento. La transición es voluntaria y progresiva.
2. ¿Qué beneficios tiene para mis trámites legales?
El nuevo DNI permite una validación de identidad mucho más segura. En el futuro, facilitará la firma de documentos y contratos a distancia con validez jurídica gracias a su chip integrado.
3. ¿Cómo funciona la nueva aplicación móvil del RENAPER?
La app permite validar la autenticidad del DNI físico incluso sin conexión a internet, funcionando como un respaldo digital confiable para trámites ante organismos públicos y privados.
4. ¿Sirve para viajar al exterior?
Sí. Al cumplir con el estándar ICAO 9303, es reconocido como un documento de viaje electrónico (eMRTD) de alta seguridad, facilitando el tránsito en aeropuertos y fronteras del Mercosur.
Tres Niveles de Seguridad para tu Identidad
El Estado ha implementado tres capas de protección para evitar fraudes:
Nivel 1 (Público): Hologramas y fotos fantasma visibles a simple vista.
Nivel 2 (Autoridades): Marcas visibles solo con luz UV o lupas (microtexto).
Nivel 3 (Forense): Claves criptográficas únicas del Estado para verificar autenticidad en laboratorios.
Asesoramiento Profesional
En el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández, creemos que un ciudadano informado es un ciudadano protegido. Si tiene dudas sobre el impacto de estas nuevas tecnologías en sus gestiones legales o trámites sucesorios y de accidentes, nuestro equipo está a su disposición.
Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández
Av. Colón 567, Piso 3, Of. 6 – Ciudad de Mendoza. 2614685160 - 2614685696
www.fernandezfabricio.com
Nota: Para soporte técnico oficial del RENAPER, puede dirigirse a soporteedni@renaper.gob.ar o vía WhatsApp al (+54 11) 5126-1789.
Texto Completo de la Norma: Disposición 55/2026
Para consulta de profesionales y ciudadanos, transcribimos a continuación el cuerpo legal de la medida:
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Disposición 55/2026
DI-2026-55-APN-RENAPER#MI
Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-04620661-APN-DNPPDNI#RENAPER, la Ley N° 17.671 y sus modificatorias, los Decretos N° 1501 del 20 de octubre de 2009, y N° 79 del 22 de diciembre de 2023, la Disposición N° 1255 del 30 de noviembre de 2023 de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley N° 17.671 compete a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS la expedición con carácter exclusivo del Documento Nacional de Identidad. Que el DNI es de uso obligatorio y no puede ser suplido por ningún otro documento.
Que mediante el Decreto Nº 1501/09 se autorizó el uso de tecnologías digitales y la aprobación de nuevos diseños y elementos de seguridad. Que en virtud de los estándares internacionales de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI/ICAO) N° 9303, se impulsó la adopción del policarbonato y el chip sin contacto.
Que resulta necesaria la actualización de las características del nuevo DNI electrónico para garantizar el pleno ejercicio del derecho a la identidad mediante documentos seguros y modernos.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las características del nuevo Documento Nacional de Identidad electrónico que como Anexo Disposición N° DI-2026-10348125-APN-DNPPDNI#RENAPER forma parte integrante de la presente medida, sustituyendo lo pertinente de la Disposición 1255/2023.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las medidas de seguridad Nivel 1 del nuevo Documento Nacional de Identidad electrónico (Anexo DI-2026-04666587-APN-DNPPDNI#RENAPER).
ARTÍCULO 3°.- Mantiénese la plena vigencia de las medidas de seguridad Nivel 2 y Nivel 3 contenidas en los Anexos III y IV de la Disposición 1255/2023.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del 1° de febrero de 2026.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Fdo.: Pablo Luis Santos – Director Nacional.
Anexos Técnicos de la Disposición
A continuación, puede visualizar y descargar los documentos técnicos que detallan el diseño y las medidas de seguridad aprobadas por la presente disposición:
Anexo I: Diseño y Características del Nuevo DNI Electrónico
Consulte aquí el documento oficial que detalla la estructura física, el material de policarbonato y la disposición tecnológica del nuevo ejemplar según la Disposición 55/2026.
Anexo II: Medidas de Seguridad Nivel 1 (Visibles)
Este documento técnico especifica los elementos de seguridad de primer nivel: fondos numismáticos con patrones guilloché, tintas OVI de cambio de color y grabado láser profundo, según la Disposición 55/2026.
