Recibir un golpe o sufrir una lesión en la zona del rostro o la cabeza durante la jornada laboral no solo es una experiencia traumática, sino que puede dejar marcas que acompañan al trabajador de por vida. Ya sea una fractura en el tabique nasal, una lesión en la mandíbula, golpes en el cráneo o cicatrices visibles, el sistema de Riesgos del Trabajo en Argentina contempla estos daños para que el trabajador reciba una reparación económica acorde a las secuelas.

Con la reciente actualización de las normas (nuevo Decreto 549/2025, que modifica el Decreto 659/96 y aprueba una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades o “Baremo Laboral”), se han unificado criterios para que la evaluación de estos daños sea más transparente y uniforme en todo el país. Es fundamental que, como trabajador, usted sepa que no solo se mira el hueso roto, sino también cómo esa lesión afecta su vida diaria y su capacidad real para trabajar.


Indemnizaciones por Siniestros de Cabeza y Rostro | Nuevo Baremo 2025 Mendoza


¿Cómo se evalúan hoy las lesiones de cabeza y rostro?


El nuevo Baremo establece que las lesiones en la cabeza y el rostro deben analizarse con mucho detalle, utilizando la metodología de “Capacidad Restante” cuando hay varias secuelas en la misma zona. Lo explicamos en forma sencilla:

Más que una simple fractura: Si a causa de un accidente laboral usted sufre una fractura en los huesos de la cara (pómulo, nariz, mandíbula, maxilar, órbita, etc.) y esto le genera un problema adicional —por ejemplo, dificultad para respirar, para masticar, para abrir la boca o para mover la mandíbula—, la ART debe considerar tanto la fractura como esas limitaciones funcionales para determinar su incapacidad.

La estética también cuenta: El impacto visual de una lesión en el rostro (cicatrices, hundimientos óseos, deformidades) es muy importante, sobre todo cuando afecta la imagen del trabajador frente a clientes, compañeros o público. El Baremo busca objetivar este tipo de secuelas para que un daño que afecta la apariencia sea reconocido, y si hace falta, se puede evaluar también el impacto psicológico de esa alteración estética.

Secuelas combinadas en cabeza y cara: Cuando hay varias lesiones en la misma región (por ejemplo, fractura nasal, fractura de pómulo y cicatrices en la cara), no se suman “a ojo” una por una. Se aplica la metodología de Capacidad Restante, que es una forma técnica de calcular cómo se combinan esas secuelas para obtener un porcentaje final más ajustado a la realidad del daño global.

Factores que aumentan la indemnización: No es lo mismo una lesión a los 20 años que a los 55, ni es igual un trabajador de oficina que un empleado que está de cara al público o realiza tareas manuales intensas. El Baremo ordena que se tengan en cuenta la edad del trabajador, el tipo de actividad y si hizo falta cambiarlo de puesto (reubicación laboral) por las secuelas del accidente, factores que pueden aumentar el resultado final de la incapacidad laboral permanente.


En términos simples: el nuevo Baremo de las ART busca que las lesiones de cabeza y rostro se valoren de forma más completa, considerando no solo el diagnóstico médico, sino también cómo ese daño afecta al trabajador en su vida cotidiana y en su trabajo.



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Ejemplos de secuelas frecuentes en cabeza y rostro


Sin entrar en tecnicismos ni porcentajes, algunas de las lesiones que suelen aparecer en este tipo de accidentes son:

  • Fracturas de huesos del cráneo y la cara: frontal, occipital, parietal, temporal, malar (pómulo), órbita y huesos de la nariz y los senos paranasales.

  • Lesiones en maxilar superior e inferior, que pueden dificultar la mordida, la masticación o el habla.

  • Luxaciones de la articulación temporomandibular (mandíbula que se “traba” o duele al abrir o cerrar la boca).

  • Cicatrices visibles o mutilaciones de partes blandas (piel y tejidos de la cara), que pueden requerir también una evaluación psicológica.

Cada una de estas secuelas se analiza siguiendo criterios específicos del Baremo, y si generan problemas funcionales (para ver, respirar, comer, hablar, etc.), se recurre además a los capítulos correspondientes (oftalmología, sistema respiratorio, sistema digestivo, etc.).

¿Por qué es clave contar con asesoramiento especializado?


Para quienes buscan una indemnización justa por un accidente laboral o una enfermedad profesional, contar con especialistas en accidentología laboral y Baremo de las ART es el primer paso para asegurarse de que la Comisión Médica no pase por alto ningún detalle técnico.

Un buen asesoramiento permite:

  • Verificar que se hayan evaluado todas las secuelas (fracturas, cicatrices, problemas funcionales, impacto psíquico).
  • Controlar que se haya aplicado correctamente la metodología de Capacidad Restante y los factores de ponderación (edad, tipo de tarea y reubicación).
  • Impugnar dictámenes que no respeten el Baremo obligatorio o que reduzcan la incapacidad sin fundamento.


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Preguntas frecuentes de trabajadores con lesiones en cara y cabeza



1. Me fracturé la nariz en el trabajo y no respiro bien, ¿la ART solo me paga la fractura?


No. El nuevo Baremo indica que si una fractura genera un “compromiso funcional” (por ejemplo, dificultad para respirar correctamente), se deben evaluar ambos problemas. Se calcula la incapacidad por la fractura y también el daño respiratorio, utilizando la metodología de Capacidad Restante para obtener el resultado final.

2. ¿Qué pasa si me quedó una cicatriz visible en la cara?


Las cicatrices en el rostro son secuelas evaluables dentro del sistema de Riesgos del Trabajo. El médico debe analizar características como su ubicación, tamaño y profundidad, y si son muy visibles o afectan la función, puede incluso requerirse una evaluación psicológica para medir el impacto en su bienestar emocional.

3. La ART me dio un porcentaje de incapacidad muy bajo, ¿qué puedo hacer?


Es frecuente que las aseguradoras ofrezcan el mínimo posible. Usted tiene derecho a cuestionar ese porcentaje ante las Comisiones Médicas y, si es necesario, ante la Justicia laboral. Lo más recomendable es no firmar ningún acuerdo sin que sus abogados ART Mendoza de confianza revisen si se aplicó bien el Baremo, los factores de ponderación y la valoración de todas las secuelas.

4. ¿Tengo que aceptar que me cambien de tarea si ya no puedo hacer lo mismo de antes?


Si el accidente le impide realizar sus tareas habituales, la empresa puede reubicarlo. Sin embargo, ese cambio de funciones es también una prueba de que su capacidad laboral se vio afectada, y es un dato que, bien planteado, puede aumentar el valor de su incapacidad según el nuevo Baremo.

5. ¿El nuevo Baremo se aplica aunque mi caso esté en la Justicia?


El decreto establece que la nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades se aplica a toda valoración de incapacidad que todavía no haya sido dictada, sea en sede administrativa o judicial, una vez que entra en vigencia. Por eso es importante revisar en qué etapa está su expediente y con qué normativa se está evaluando su incapacidad.

¿Sufrió un accidente laboral o padece una enfermedad profesional?


No acepte porcentajes de incapacidad sin el asesoramiento de expertos en accidentes de trabajo, ART y nuevo Baremo laboral. En el Estudio Jurídico Dr. Fabricio Fernández, nuestro equipo de profesionales especialistas en accidentología laboral lo ayudará a obtener la indemnización que le corresponde conforme a la normativa vigente.

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