Recibir un golpe o sufrir una lesión en la zona del rostro o la cabeza durante la jornada laboral no solo es una experiencia traumática, sino que puede dejar marcas que acompañan al trabajador de por vida. Ya sea una fractura en el tabique nasal, una lesión en la mandíbula, golpes en el cráneo o cicatrices visibles, el sistema de Riesgos del Trabajo en Argentina contempla estos daños para que el trabajador reciba una reparación económica acorde a las secuelas.
Con la reciente actualización de las normas (nuevo Decreto 549/2025, que modifica el Decreto 659/96 y aprueba una nueva Tabla de Evaluación de Incapacidades o “Baremo Laboral”), se han unificado criterios para que la evaluación de estos daños sea más transparente y uniforme en todo el país. Es fundamental que, como trabajador, usted sepa que no solo se mira el hueso roto, sino también cómo esa lesión afecta su vida diaria y su capacidad real para trabajar.
¿Cómo se evalúan hoy las lesiones de cabeza y rostro?
Más que una simple fractura: Si a causa de un accidente laboral usted sufre una fractura en los huesos de la cara (pómulo, nariz, mandíbula, maxilar, órbita, etc.) y esto le genera un problema adicional —por ejemplo, dificultad para respirar, para masticar, para abrir la boca o para mover la mandíbula—, la ART debe considerar tanto la fractura como esas limitaciones funcionales para determinar su incapacidad.
La estética también cuenta: El impacto visual de una lesión en el rostro (cicatrices, hundimientos óseos, deformidades) es muy importante, sobre todo cuando afecta la imagen del trabajador frente a clientes, compañeros o público. El Baremo busca objetivar este tipo de secuelas para que un daño que afecta la apariencia sea reconocido, y si hace falta, se puede evaluar también el impacto psicológico de esa alteración estética.
Secuelas combinadas en cabeza y cara: Cuando hay varias lesiones en la misma región (por ejemplo, fractura nasal, fractura de pómulo y cicatrices en la cara), no se suman “a ojo” una por una. Se aplica la metodología de Capacidad Restante, que es una forma técnica de calcular cómo se combinan esas secuelas para obtener un porcentaje final más ajustado a la realidad del daño global.
Factores que aumentan la indemnización: No es lo mismo una lesión a los 20 años que a los 55, ni es igual un trabajador de oficina que un empleado que está de cara al público o realiza tareas manuales intensas. El Baremo ordena que se tengan en cuenta la edad del trabajador, el tipo de actividad y si hizo falta cambiarlo de puesto (reubicación laboral) por las secuelas del accidente, factores que pueden aumentar el resultado final de la incapacidad laboral permanente.
Ejemplos de secuelas frecuentes en cabeza y rostro
- Fracturas de huesos del cráneo y la cara: frontal, occipital, parietal, temporal, malar (pómulo), órbita y huesos de la nariz y los senos paranasales.
- Lesiones en maxilar superior e inferior, que pueden dificultar la mordida, la masticación o el habla.
- Luxaciones de la articulación temporomandibular (mandíbula que se “traba” o duele al abrir o cerrar la boca).
- Cicatrices visibles o mutilaciones de partes blandas (piel y tejidos de la cara), que pueden requerir también una evaluación psicológica.
¿Por qué es clave contar con asesoramiento especializado?
- Verificar que se hayan evaluado todas las secuelas (fracturas, cicatrices, problemas funcionales, impacto psíquico).
- Controlar que se haya aplicado correctamente la metodología de Capacidad Restante y los factores de ponderación (edad, tipo de tarea y reubicación).
- Impugnar dictámenes que no respeten el Baremo obligatorio o que reduzcan la incapacidad sin fundamento.
Preguntas frecuentes de trabajadores con lesiones en cara y cabeza
1. Me fracturé la nariz en el trabajo y no respiro bien, ¿la ART solo me paga la fractura?
2. ¿Qué pasa si me quedó una cicatriz visible en la cara?
3. La ART me dio un porcentaje de incapacidad muy bajo, ¿qué puedo hacer?
4. ¿Tengo que aceptar que me cambien de tarea si ya no puedo hacer lo mismo de antes?
5. ¿El nuevo Baremo se aplica aunque mi caso esté en la Justicia?
¿Sufrió un accidente laboral o padece una enfermedad profesional?
Sobre el Autor: Dr. Fabricio Fernández
Abogado litigante con sede en Mendoza. Especialista dedicado a la defensa integral de trabajadores en reclamos ante la SRT (ART) y al acompañamiento legal en accidentes de tránsito con consecuencias graves o fatales.
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