El proyecto de creación de la Oficina de Conciliación Civil y Comercial (OCC) ingresó a Diputados para agilizar el sistema judicial mendocino. Esta iniciativa establece una etapa extrajudicial obligatoria que busca evitar juicios extensos, resolviendo conflictos civiles y comerciales de manera rápida, económica y altamente eficiente.
El ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Víctor Ibañez, presentó ante el presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi, y el vicegobernador Mario Abed, este proyecto que apunta a descongestionar el sistema judicial. La iniciativa propone crear nuevos mecanismos que permitan evitar la judicialización de casos que pueden ser resueltos previamente.
Esta oficina estará compuesta por abogados que rendirán un concurso ante la Subsecretaría de Justicia para integrar el cuerpo de conciliadores civiles. Se estipula que funcionará bajo el ámbito de la Subsecretaría de Justicia y Relaciones Institucionales, dependiente del Ministerio de Gobierno.
Según indicó el ministro Ibañez, este proyecto se enmarca dentro del proceso de reforma del sistema judicial iniciado por la gestión de Alfredo Cornejo. La creación de la OCC surge del análisis positivo de la oficina de conciliación laboral, la cual logró disminuir fuertemente los índices de judicialización. Con esta nueva dependencia, se estima que el 80% de los procesos civiles pase por la etapa obligatoria de conciliación.
El desarrollo de la propuesta contó con la participación de la Asociación de Magistrados de Mendoza y los colegios de Abogados y Procuradores de todas las circunscripciones judiciales de la provincia.
¿Cómo funcionará la Oficina de Conciliación Civil y Comercial?
Respecto a su implementación práctica, el procedimiento prejudicial constará de las siguientes etapas y normativas:
- Llamado a concurso público para conformar un Registro de Conciliadores y Conciliadoras, integrado por abogados que cumplan requisitos específicos.
- Carácter de instancia previa y obligatoria antes de iniciar cualquier juicio civil o comercial.
- Sorteo del conciliador asignado, ante el cual comparecerán las partes involucradas junto a sus profesionales legales para intentar llegar a un acuerdo.
- Plazo de resolución fijado en 30 días, prorrogable por otros 30 días adicionales en caso de que sea necesario aportar pruebas.
- Finalización mediante la firma de un acta de conciliación (si el proceso es exitoso) o un acta de fracaso (que será exigida por el tribunal al momento de interponer la demanda judicial).
¿Qué casos aplican y cuáles están excluidos de esta conciliación?
El ámbito de aplicación abarcará el caudal más importante de posibles conflictos civiles. Entre los casos incluidos se destacan:
- Daños y perjuicios.
- Accidentes de tránsito.
- Incumplimientos contractuales.
Por otro lado, se excluyen expresamente ciertos procesos por su naturaleza jurídica, tales como:
- Sucesiones.
- Cuestiones constitucionales.
En la actualidad, los procesos civiles cuentan con una audiencia inicial y otra final. Las estadísticas de la Justicia indican que en la audiencia inicial se resuelve el 40% de los conflictos. Llevar estos casos a una etapa prejudicial administrativa busca elevar ese porcentaje, liberando a los jueces y al sistema procesal en su conjunto.
¿Cuáles son los beneficios para la ciudadanía?
Al igual que la ampliación de los juicios por jurados, la creación de la OCC está diseñada para generar un beneficio directo a la ciudadanía mediante la mejora del servicio de justicia:
- Celeridad procesal: Resolución rápida de conflictos que en la justicia ordinaria podrían tardar años.
- Economía: Disminución significativa de los gastos y costos derivados de un litigio judicial completo.
- Garantía de derechos: El trámite no detiene la instancia judicial, ya que, si no se logra un acuerdo, la vía contenciosa tradicional queda plenamente habilitada.
Por: Diputados Mendoza | Imagen: Web
Sobre el Autor: Dr. Fabricio Fernández
Abogado litigante con sede en Mendoza. Especialista dedicado a la defensa integral de trabajadores en reclamos ante la SRT (ART) y al acompañamiento legal en accidentes de tránsito con consecuencias graves o fatales.
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