Los nuevos cambios al decreto reglamentario de la Ley de Tránsito para circular en moto en todo el país exigen el uso obligatorio de chaleco reflectante para el acompañante y la impresión de la patente en los cascos. Estas medidas buscan brindar mayor seguridad ante los robos de motochorros.

Motociclista y acompañante utilizando chaleco reflectante y casco con número de patente impreso

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció este jueves estas disposiciones que regirán para el control de más de 7 millones de motos. Estas exigencias irán acompañadas de una coordinación con las estaciones de servicio, las cuales no podrán cargar combustible a quienes no cumplan con la reglamentación.

Esta iniciativa, que ya rige en la provincia de Buenos Aires, es de muy bajo rendimiento, según los estacioneros. La nueva normativa está basada en el diagnóstico que señala que la mayoría de los ilícitos perpetrados por motociclistas se llevan a cabo cuando se traslada más de una persona.

Además, habrá 90 días para regularizar la situación de los motociclistas y también se otorgará un plazo en los registros de propiedad del automotor y de motos para que se registren quienes aún no tienen patentes.

Principales puntos de esta modificación a la Ley de Tránsito

  • Cada provincia podrá establecer restricciones de circulación de motovehículos con dos ocupantes en determinadas áreas y/o en determinados días y horarios.
  • El conductor y el acompañante deberán contar con la identificación del número de patente en los cascos.
  • Será obligatorio el uso de chaleco reflectante con la identificación del número de patente sólo para el acompañante, "dado que la mayoría de estos delitos son cometidos por dos personas".
  • Para cargar combustible en las estaciones de servicio, los motociclistas deberán cumplir con esas nuevas exigencias.
  • El incumplimiento al uso de casco y chaleco identificatorio será considerado falta grave en los términos de la Ley Nacional de Tránsito e implicará el inmediato secuestro del motovehículo.
  • Si una moto secuestrada no es retirada por el titular dentro de los 60 días de su retención, será descontaminada y compactada, pudiendo destinarse a la utilidad pública.

Por: Diario Uno - La Nacion | Imagen Web | Arreglos: AC

Dr. Fabricio Fernández

Sobre el Autor: Dr. Fabricio Fernández

Abogado litigante con sede en Mendoza. Especialista dedicado a la defensa integral de trabajadores en reclamos ante la SRT (ART) y al acompañamiento legal en accidentes de tránsito con consecuencias graves o fatales.

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